Retribuciones percibidas anualmente por el ejercicio de cargos públicos

En cumplimiento con lo dispuesto en:

  • Artículo 8.1f) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno
  • Artículo 13.1f) de la Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón​

En este apartado puede consultar las dedicaciones de los miembros de la Corporación y sus retribuciones, indemnizaciones y dietas por asistencia a órganos colegiados del Ayuntamiento de Canal de Berdún.

Actualmente ningún cargo público del Ayuntamiento de Canal de Berdún está retribuido. Tampoco se percibe indemnizaciones o dietas por asistencia a plenos u otros órganos colegiados.

Última actualización el martes, 2 de abril de 2024 a 16:16